Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana MAURELY CHACON MEJIAS, venezolana, abogada, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nos. V-6.553.552, e inscrita bajo el Inpreabogado Nº 66.137, quien actúa en nombre y representación de VALENTIN DAVID MORILLO ROJAS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, soltero y titular de la cedula de identidad Nº V-6.482.654, y el croquis de las bienhechurías anexo al mismo, éste Tribunal la admite. En consecuencia, ordena expedir por secretaría copia certificada de la solicitud y remítase mediante oficio a la Dirección de Catastro Municipal del Estado Vargas, a fin de que se sirva informar a éste Tribunal a la mayor brevedad posible, si el terreno donde se encuentran ubicadas las bienhechurías sobre las cuales se pretende constituir el Título Supletorio, pertenece al Municipio Vargas y cualquier otra información adicional de la cual tenga conocimiento.