En consecuencia, se fija la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 2.500,00) MENSUALES la obligación de manutención a favor del prenombrado niño. Asimismo, este Tribunal fija dos (02) sumas adicionales: Una por la cantidad de CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 5.000,00) para cubrir gastos escolares en el mes de septiembre y otra por la cantidad de OCHO MIL BOLIVARES (8.000,00) como Bonificación Especial de Fin de Año, cantidades que deben ser entregadas personalmente por el demandante a la ciudadana NAYARÍ DEL VALLE HERNÁNDEZ TORREALBA.