Emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: CONFIRMA la Sentencia dictada por el Juzgado Cuarto Unipersonal de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, de fecha 30 de Mayo de 2008, mediante la cual condenó al ciudadano OSWALDO SALCEDO TERAN, a cumplir la pena de DIECISEIS (16) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO Y OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 408 numeral 1 y 278 del Código Penal vigente a la fecha de los hechos, hoy artículos 406 numeral 1 y 27 del Código Penal, e igualmente a cumplir las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal vigente.
SEGUNDO: DECLARA IMPROCEDENTE, la solicitud medida cautelar formulada por el abogado JOSE GREGORIO OCANDO CARRASCO, al celebrarse el acto de la Audiencia Oral prevista en el artículo 456 del Código Orgánico Procesal penal, a favor del ciudadano OSWALDO SALCEDO TERAN, por cuanto al haberse dictado.....