En virtud de lo arriba expuesto, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR la solicitud incoada por la defensa del ciudadano JHONNY JANDY MARTINEZ, arriba identificado, en el sentido de decretar el decaimiento de la medida de coerción personal que pesa sobre el mismo, conforme a lo previsto en el artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal.