En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, REVOCA el Beneficio de Destino a Establecimiento Abierto concedido a favor del ciudadano JOSE MORILLO NALBO, quien es de nacionalidad Venezolano, natural de la Guaira, fecha de nacimiento 07-06-1966, profesión u oficio comerciante, estado civil soltero, titular de la cedula de identidad Nro. 9.997.976, en virtud del incumplimiento reiterado de la condiciones en el impuestas por el Centro de Tratamiento Comunitario "Dr. José Agustín Méndez Urosa", así como la admisión de la acusación en contra del penado de marras por la presunta comisión del DISTRIBUCION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el tercer aparte artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y.....