Se declara: CON LUGAR la solicitud de Divorcio planteada de conformidad con el Artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia, queda disuelto el vínculo Matrimonial que unía a los ciudadanos ISABEL JOSEFINA MONTILLA GONZÁLEZ y MARIO DOMINGOS JESÚS, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nro. V-8.177.122 y V-5.577.614, respectivamente, contraído por ante el Juzgado Tercero de Parroquia del Distrito Federal hoy Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, en fecha 11 de Agosto 1990.