SE DECLARÓ TÍTULO SUPLETORIO a favor de los ciudadanos JULIAN JIMENEZ y AMERICA GARMENDIA DE JIMENEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la cédula de identidad números V-1.453.538 y V-4.560.971, sobre las bienhechurías descritas en el Certificado de Existencia de Bienhechurías Nº DCM-CEB-387-2017, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.