DISPOSITIVO
Con fundamento en las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la Apelación, interpuesta por la ciudadana MARÍA ALEJANDRA PARRA MARTÍNEZ, inscrita en el Inpreabogado Nº 85.432, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada CENTRO VACACIONAL CAMURI MAR, inscrita por ante la oficina sub alterna del registro del departamento Vargas en fecha diecisiete (17) de agosto de mil novecientos setenta y dos (1972), anotada bajo el folio 1 del protocolo 1ro., contra la Sentencia emanada del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial, en fecha treinta (30) de noviembre de 2017; SEGUNDO: SE MODIFICA el fallo apelado emanado del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de este Circuito .....