Este Tribunal Primero Superior del Trabajo, declara: DESISTIDA la apelación interpuesta por el Profesional del Derecho ALBERTO ROSALES ALIZO, apoderado judicial de la parte accionante. Se CONFIRMA la decisión dictada por el Tribunal A-Quo, en la cual declara que no se produjo el despido del accionante de fecha 03/11/00 alegado por el ciudadano Wuilfredo Alberto Lamoine. Considerando que el actor no logró demostrar el despido alegado, se ordena la Continuación de la Relación Laboral. En virtud de que quedó demostrado que en fecha 03/11/2.000, la accionada no despidió a la parte actora, no se condena a la demandada al pago de los salarios caídos. No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la presente decisión.