acuerda INHIBIRSE del conocimiento del expediente nomenclatura: WX01-D-2003-000007, en el cual se juzga al adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 19.122.477, de conformidad con lo establecido en los artículos 86 numeral 7°, 87 y 89 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado por remisión del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Publíquese, Regístrese, Remítase a la Corte de Apelaciones de del circuito judicial penal del estado Vargas. De conformidad con la Ley Orgánica del Poder Judicial, a fin de que conozca de la presente inhibición.