.....con el fin de mantener el derecho a la defensa de las partes y la observancia de la garantía Constitucional del Debido Proceso, para con ello lograr una sana administración de justicia, de conformidad con lo establecido en los Artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela;14, 15, 206 y 212 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARO: La reposición de la causa al estado de citación de la parte demandada conforme a lo establecido en el Artículo 218 del Código de Procedimiento Civil....