Este Tribunal Superior, declara: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha Ocho (08) de Marzo del año Dos Mil Cinco (2.005), por la ciudadana Carmen Blanco. Se CONFIRMA la sentencia dictada por el Tribunal A-Quo, en la que se declara que no se Produjo el Despido alegado por la ciudadana CARMEN XIOMARA BLANCO. Se ordena la Continuación de la Relación Laboral. No se condena a la parte demandada al pago de salarios caídos No hay condenatoria en Costas por la naturaleza de la presente decisión.