En virtud de las consideraciones que anteceden, este Tribunal Segundo de Primera Instancia del Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la solicitud de suspensión de efectos formulada por la apoderada judicial de la ciudadana MARIA CONSUELO SAYAGO BARRIOS, contra la Providencia Administrativa Nº 57/15 dictada en fecha 13 de febrero de 2015 por la INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS.