En virtud del acuerdo surgido entre las partes, razón por la cual este Juez Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de autorización para viajar iniciada por el ciudadano el acuerdo suscrito entre los ciudadanos RAFAEL EDUARDO GÓMEZ CELIS, de nacionalidad venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N°. 11.644.735, en contra de la ciudadana ARLEIDY VANESSA ROA PEREIRA, de nacionalidad venezolana y titular de la Cédula de Identidad N° 12.374.814, a favor del niño de autos. En consecuencia, este Tribunal AUTORIZA el viaje del niño con su progenitor, de conformidad con lo establecido en el artículo 393 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Por tanto, el niño, quien nació en fecha diecisiete (17) de noviembre de 2005, e.....