PRIMERO: MODIFICA la decisión del Juzgado A quo, en la que decretó Medida de Privación de Libertad al imputado ALEXIS RAFAEL UGUETO MANEIRO, titular de la cédula de identidad Nº V-17.959.095 y, en su lugar se le IMPONEN las Medidas de Protección y Seguridad contenidas en el artículo 87 numerales 3, 5, 6 y 13 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, consistentes en la salida del referido ciudadano de la residencia en común, la prohibición de acercarse a la víctima en su lugar de estudio, trabajo o residencia, la prohibición de realizar actos de persecución por sí o por terceras personas a la mujer agredida o algún integrante de su familia y asistir ante el Equipo Interdisciplinario de los Tribunales con competencia en materia de género, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 ejusdem, por encontrarse satisfechos los requisitos exigidos en el artículo 236 del Texto Adjetivo Penal.
SEGUNDO.....