1. Decretar como medida de coerción personal MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA LIBERTAD respecto al imputado ANGELO FERNANDO DIBERTO ALVARADO, de condiciones civiles y personales, a quien el Ministerio Público le atribuye la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, cometido en las circunstancias de modo, tiempo y lugar que se dejaron consignadas en la providencia. El imputado deberá presentarse una vez cada treinta (30) días por ante el Tribunal, no ingerir bebidas alcohólicas y no acercarse al lugar de habitación, estudio y trabajo de la esposa e hijos de conformidad con el artículo 256 numeral 3º y 9 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con el artículo 39 ordinal 5 de la Ley Sobre Violencia Contra la Mujer y la Familia.
2. DECLARAR que el imputado ANGELO FERNANDO DIBERTO ALVARADO, fue sorprendido en estado de FLAGRANCIA, debiendo la causa continuar por el procedimiento ABRE.....