Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, DECLARA TITULO SUPLETORIO a favor del ciudadano DANNY GERMAN BARRIO VALIDO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. V-14.768.791, sobre unas bienhechurías ubicadas en Punta de Mulatos; sector La Veguita al final de la Vereda casa s/n, Parroquia La Guaira, Municipio Vargas del Estado Vargas y cuyas características y demás determinaciones se encuentran antes identificadas, tanto en el escrito de solicitud como constancia de avalúo de bienhechurías, emanada del CONSEJO COMUNAL "LA VEGUITA 263".
Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y al principio Constitucional de tute.....