ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS a las ciudadanas CRISTINA ORIENTE DE COLMENAREZ, CLAUDIA DEL CARMEN COLMENAREZ ORIENTE y KATHERINE NAZARETH COLMENAREZ ORIENTE, venezolanas, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.481.651, V-26.180.494 y V-25.574.941, respectivamente, respecto al De-cujus NELSON OSWALDO COLMENAREZ CHICO, ex titular de la cédula de identidad N° V-6.485.189, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del código de procedimiento civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse las copias que solicite la parte interesada.-