acuerda oficiar a los órganos de policía para que soliciten, ubiquen, localicen, capturen y trasladen a este tribunal a la adolescente de conformidad con lo establecido en el numeral 1º del articulo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en relación con el articulo 617 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.