EL JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaró: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha veinte (20) de abril de 2015, por la abogada Nelitza N. Cacique M., actuando con el carácter de apoderada de la parte demandada, contra el auto de fecha treinta y uno (31) de marzo de 2015 dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial SEGUNDO: SE CONFIRMA el AUTO de fecha treinta y uno (31) de marzo de 2015, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, que negó por impertinente la admisión de la prueba de informes solicitada en el numeral 6.1 a la oficina del SENIAT. TERCERO: SE CONDENA en costas procesales a la parte demandada recurrente, de conformidad con el artículo 2.....