Se declaró PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano GREGORY JESÚS MONTILLA PEROZO, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-18.958.396, debidamente representado por el abogado y Defensor Público DAVID BRAVO, inscrito en el Inpreabogado bajo los Nº 68.181, contra la decisión de fecha 29.07.2016, proferida por el Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas. SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia proferida por el Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en fecha 29 de julio de 2016, que declaró INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano GREGORY JESÚS MONTILLA PEROZO, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-18.958.396, contra el ciudadano GILBERTO ANTONIO PÉREZ PÉREZ, venez.....