Se declara SIN LUGAR, la solicitud de la defensa en cuanto la revisión y sustitución de la sanción  impuesta  de privativa de libertad al  adolescente: IDENTIDAD OMITIDA,  Titular  de la  cédula  de identidad  Nro. V- 19.273.860; puesto que no ha cumplido  con la finalidad del proceso la cual es reeducarse eficazmente;   faltándole por  cumplir la sanción de privativa libertad dos (02) años,  por lo que la sustitución de la sanción no es procedente de conformidad con lo establecido en el  literal A del artículo 647, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.