Por las razones antes expuestas este Tribunal Superior del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado La Guaira, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogada MARÍA JOSEFINA MUÑOZ REYES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 137.415, contra la decisión dictada por el Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado La Guaira, de fecha 22 de junio 2023, la cual se CONFIRMA. Así se decide. SEGUNDO: CON LUGAR la cuestión previa contenida en el ordinal 10º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual la presente acción de NULIDAD DE ASAMBLEA se encuentra CADUCA. Así se decide. TERCERO: Se condena en costas del recurso a la parte actora de conformidad con lo establecido en artículo 274 del Código de procedimiento Civil. Así se dec.....