Se dictó decisión en la cual 1.-Se declara COMPETENTE para conocer la ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL, interpuesta por el Abogado MIGUEL ANGEL VASQUEZ LA SALVIA a favor de los ciudadanos ISAIAS BLANCO Y DEGNI MEJIAS, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales. 2.-Se declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta en fecha 17/12/2009, por el Abogado MIGUEL ANGEL VASQUEZ LA SALVIA a favor de los ciudadanos ISAIAS BLANCO Y DEGNI MEJIAS, contra el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio Circunscripcional, por cuanto no demostraron la cualidad de defensor de los referidos ciudadanos, requisito este indispensable para ejercer la tutela constitucional invocada.