Con base a la motivación precedente este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Autoriza el Permiso de Supervisión Especial a la ciudadana penada LUZ MARIA PEREYRA DE MAICABARE, de nacionalidad dominicana, e identificada con la cédula de identidad Nro. 20.364.280, antes identificad para pernoctar en el sitio de su apoyo familiar es decir en el Sector Guiacaipuro calle Táchira Nro. 32, Avenida Andrés Bello Caracas, y visto que en fecha 06 de Febrero de 2013, la penada podrá optar a la LIBERTAD CONDICIONAL, es por lo que se le otorga un tiempo no mayor de Un (01) año. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 49 y 50 del Reglamento Interno de los Centros de Tratamiento Comunitarios.