acordó revisar la sentencia dictada por el Juzgado Cuarto en Función de Juicio Circunscripcional de fecha 28/02/2011, mediante la cual condenó la ciudadana RENNE GARAVENTA MALFATTO, portadora del pasaporte de la República de Italia Nº YA1366443, a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRISION, y en su lugar se rebaja la misma a DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 149 de la Ley Orgánica Drogas. Igualmente se le condena a cumplir las penas accesorias establecidas en el artículo 178 numerales 2 y 4 de la Ley Orgánica de Drogas, que implica la expulsión del territorio nacional y confiscación del Ticket Electrónico a su nombre, el cual fue incautado en el momento de su aprehensión y el dinero en moneda extrajera en representación de un (01) billete de denominación de cien (100) euros y un (01) billete de denominación cincuenta (50) euros, incautad.....