En base a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Tercero Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley: DECRETA la medida de privación judicial preventiva de libertad en contra de los ciudadanos ENDER JESÚS MONTERO CANDELA, identificado con la cédula de Identidad Nº 29.665.433, como presunto COOPERADOR INMEDIATO EN EL DELITO DE ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el articulo 83 en concordancia con el articulo 458 del Código Penal y WILFREINY URBINA YÉPEZ, identificado con la cédula de identidad Nº 22.336.944, como presunto AUTOR EN LA COMISIÓN DEL DELITO DE ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal y declara SIN LUGAR la solicitud interpuesta por la Defensa, en cuanto a que se le otorgue a su defendido una medida menos gravosa, al apreciarse la concurrencia de los supuest.....