Por los razonamientos expuestos, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, DECLARA SIN LUGAR LA OPOSICIÓN formulada por el ciudadano SEBASTIAN PERNIA MORA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.630.570 y de este domicilio, en su carácter de ARRENDATARIO, contra la medida preventiva de embargo decretada por este Tribunal en fecha 13 de febrero de 2009, en el procedimiento de DESALOJO, incoado por la ciudadana La ciudadana MATILDE MENDEZ DE INGRAVALLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-1.551.504, domiciliada en el Municipio Guásimos, en su carácter de ARRENDATARIA.
De conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandada, por haber resultado totalmente vencida.