este tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LA GUAIRA, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA FALTA DE CUALIDAD del demandante, ciudadano NEPTALY ESCOBAR SÁNCHEZ, mayor de edad, venezolano y titular de la Cédula de Identidad N° V-6.473.201, para intentar el presente juicio.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior se desecha la demanda de NULIDAD DE VENTA incoada NEPTALY ESCOBAR SÁNCHEZ, mayor de edad, venezolano y titular de la Cédula de Identidad N° V-6.473.201 contra la ciudadana ZULMA YANIRA MÉNDEZ CEDEÑO, mayor de edad, venezolano y titular de la cédula de Identidad N° V-9.855.284.
TERCERO: Siendo procedente la falta de cualidad de la parte demandante para intentar el presente juicio, resulta inoficioso pronunciarse sobre los demás puntos controvertidos.
CUARTO: Se condena en costas a la parte actora, de conformidad con lo dispuesto en el artículo.....