UNICO: Revisa y modifica la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de Libertad, concedida por el Juzgado Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, en fecha 27 de Mayo de 2005, por la Medida Cautelar Sustitutiva prevista en los Artículos 256 ordinales 1 y 3 y 259 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del imputado JOSE ORLANDO PARADA CARRILLO, Colombiano, titular de la cédula de ciudadanía N° 13.410.502, de 44 años de edad, soltero, nacido en fecha 24-12-62, de ocupación u oficio comerciante, residenciado en el barrio Cese, calle 3 N° 8-12, Cúcuta, República de Colombia, hijo de José Reyes Parada Quintana y Cleotilde Carreño, quien para su materialización deberá cumplir con las siguientes condiciones:
1.-Presentarse cada 8 días por ante este Tribunal.
2.-.Presentar una persona que resida en la jurisdicción del Estado Táchira, que se comprometa ante este Tribunal, para el cuidado y vigilancia del mismo y se comprometa a pre.....