Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera en lo Penal en funciones de Control del Circuito judicial penal del estado Vargas, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de la ciudadana MARCOS ANTONIO GARCIA SUAREZ, de nacionalidad Venezolana, natural de la Guaira, Estado Vargas, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 12.162.330, con domicilio en Sector el Gavilán, parte alta casa S/N, la Guaira, Estado Vargas, de conformidad con lo establecido en el articulo 318 ordinal 3º y articulo 48 ordinal 8º ambos del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el articulo 108 ordinal 6º del Código Penal. Se ordena la remisión de las presentes actuaciones a la oficina de Archivo Judicial de este Circuito Judicial Penal,