OTORGA la medida de RÉGIMEN ABIERTO, al penado OSCAR ALFREDO PÉREZ, titular de la cedula de identidad Nº 17.484.450, quien es de nacionalidad venezolano con fecha de nacimiento 01-06-1984, profesión u oficio obrero, estado civil soltero, residenciado en La Guaira, sector El Callado casa Nro. 15, Estado Vargas; de conformidad con el artículo 479 ordinal 1º y 500 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, debiendo Pernoctar en el Centro de Tratamiento Comunitario Dr. Agustín Méndez Urosa, ubicado en Maiquetía Estado Vargas, quedando obligado a cumplir las condiciones establecidas en la parte motiva de la presente decisión, con la advertencia que el incumplimiento de alguna de las condiciones mencionadas, dará lugar a la revocatoria de la formula otorgada.