Se declara: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado ROOMER ALEXANDER ROJAS abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 51, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora contra la decisión dictada en fecha 01 de julio de 2011, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en consecuencia se ordena LA CONTINUACION DEL JUICIO EN EL ESTADO EN QUE SE ENCONTRABA para el momento en que el Tribunal de la causa ordenó la suspensión del mismo.