PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por la Fiscalía Vigésima Quinta del Ministerio Público contra JAIMES LUNA ALEXIS EDUARDO, de nacionalidad Venezolana, natural de Rubio, Estado Táchira, nacido en fecha 05 de Diciembre de 1.970, de 38 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.105.871, casado, hijo Arfilio Jaimes (F) y de Benilde Luna (V), de profesión u oficio Conductor, residenciado en Rubio, Municipio Junín, calle 7, No. 2-70 La Palmita, a dos cuadras del cementerio municipal, Teléfono 0276-762.02.25 y 0424-735.84.74, por la comisión del delito de CONTRABANDO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 4 numeral 16 de la Ley Sobre el Delito de Contrabando, en perjuicio del Estado Venezolano, de conformidad con lo establecido en el numeral 2 del artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: ADMITE TOTALMENTE las pruebas ofrecidas por el Representante del Ministerio Público, en su escrito de acusación Fiscal, por ser necesarias, lícitas y p.....