Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley se declara INCOMPETENTE EN RAZÓN DEL TERRITORIO, para conocer de la presente demanda de RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, interpuesta por las ciudadanas AMINI JOSEFINA SEMERENE CAMPOS y KAREN GABIELA SALAS LA CRUZ, venezolanas, mayores de edad y titulares de la cédulas de identidad Nros. V-4.246.291 y V-24.663.694 respectivamente, asistidas por la abogada ALEJANDRA MORALES ESTEVEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°226.915, en consecuencia, DECLINA el conocimiento de la misma por ante el Tribunal de Municipio de las Parroquias de Carayaca y El Junko de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira, órgano al cual se ordena remitir. Líbrese oficio, remítase conjuntamente con la presente solicitud. Cúmplase las presentes actuaciones en su.....