Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, Declara: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: AIRO ALAY ARISTIGUIETA MELEÁN y ANGELIANY JHOENY TEJADA MARCANO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad V-14.767.095 y V-18.142.989, respectivamente, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia, declara DISUELTO el vínculo matrimonial que contrajeron en fecha 18/11/2005, por ante la oficina del Segundo Circuito de Registro Civil del municipio Parroquia Carlos Soublette del Vargas del estado Vargas.-
De conformidad con lo establecido en el Articulo 351 de la Ley Orgánica para la Protección del.....