autoriza EL TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO, a la ciudadana LISBETH COROMOTO ACOSTA DE VALIENTE, quien es de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo Estado Zulia, donde nació el 15-10-1959, estado civil casada, de profesión u oficio comerciante, titular de la cédula de identidad Nº V-14.796.288, residenciada en la Av. 3F calle 84 y 85 edificio Miramar, apartamento 4C Bella Vista, como fórmula de cumplimiento de pena, de conformidad con lo establecido en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, debiendo pernoctar la citada penada en el Centro de Pernoctas del anexo femenino de la Cárcel Nacional de Maracaibo Estado Zulia, obligándose además a cumplir las condiciones establecidas en la presente decisión y las que les sean impuestas por el Delegado de Prueba.