En este estado el Tribunal procede a declarar EMBARGADA PREVENTIVAMENTE la acción que posee el ciudadano FRANK ALEXANDER SILVA GARCIA, ya identificado, en la presente empresa, y en consecuencia declara su DESPOSESIÓN JURÍDICA de conformidad con lo establecido en el Artículo 536 del Código de Procedimiento Civil y en virtud de lo expuesto por los Notificados en cuanto a la imposibilidad de presentar el libro de accionistas en este acto a los fines de proceder a estampar la nota marginal respectiva, este Tribunal acuerda conferir un plazo de (30) días consecutivos, contados a partir de la presente fecha para que presenten el libro de accionistas a este Juzgado y así proceder a estampar la correspondiente nota marginal.