Así las cosas, corresponde determinar las fechas en las cuales la penada podrá optar por las diferentes fórmulas del cumplimiento de pena, al respecto se observa:
1. TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO PENAL: Al cumplir una cuarta parte (1/4) de la pena, esto es, ocho meses, la cual cumplió el 10-07-2007 A LAS 12 HORAS.
2. ESTABLECIMIENTO ABIERTO: Al cumplir una tercera parte (1/3) de la pena, esto es, diez meses y veinte días, la cual cumplió el 30-09-2007 A LAS 12 HORAS.
3. LIBERTAD CONDICIONAL Al cumplir las dos terceras partes (2/3) de la pena, esto es, un año, nueve meses y diez días, la cual cumplirá el 20-08-2008 A LAS 12 HORAS.
4. CONFINAMIENTO: Al cumplir las tres cuartas (3/4) de la pena, esto es, dos años, la cual la cumplirá el 10-11-2008 A LAS 12 HORAS.
5. La totalidad de la pena impuesta la cumplirá el 10-07-2009 A LAS 12 HORAS.