DECRETA: AUTO DE EJECUCION DE SANCION al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por la comisión del delito de LESIONES GENERICAS previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal y condenado a cumplir la sanción en forma simultánea de LIBERTAD ASISTIDA y REGLAS DE CONDUCTA por el lapso de OCHO (8) MESES conforme a los artículos 626 y 624 ambos de la LOPNNA, tomándose en cuenta para las Reglas las sugeridas en el capitulo anterior y en consecuencia quedó fijado para el día 17 de Enero de 2012, a las 11:00 horas de la mañana la Audiencia de Imposición de esta Ejecución de Sentencia.