En consecuencia, vistas las anteriores exposiciones, este Juzgado Sexto de Primera instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, de la Circunscripción Judicial del estado Vargas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se ve forzado a abstenerse de homologar el acuerdo suscrito entre el Oferente " ASOCIACION COOPERATIVA CESAMAR R.L. y el Oferido Ciudadano: MONCAYO JANIER JOSÉ