esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República y por la Autoridad que le confiere la Ley, acuerda discernir el cargo de Curador Ad-Hoc a la ciudadana BLANCA CASTILLO DE GUEVARA, como Curador Ad-Hoc de la niña JOSNELIS CAROLINA. Expídase por Secretaría copia certificada del presente auto y entréguese a la parte interesada a los fines legales pertinentes. Cúmplase lo ordenado.