Visto el escrito de solicitud de TITULO SUPLETORIO que encabeza éstas actuaciones, presentado personalmente por los ciudadanos: JUAN ANTONIO GOMEZ MARTINEZ y MARLENE JOSEFINA RAMOS DE GOMEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.615.705 y V-5.573.820, respectivamente, asistidos por el abogado MANUEL JOSE OYOQUE GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 72.671, así como los recaudos que lo acompañan, Contrato de Compra-Venta contentiva de once (11) folios útiles, marcada con letra "A", copia de las cédulas de identidad de los solicitantes, marcada con letra "B", copia del acta de matrimonio de los solicitantes, marcada con letra "C", croquis de ubicación y constancia de residencia de los solicitantes, este Tribunal lo admite en cuanto ha lugar en derecho y por cuanto el Decreto Régimen Sobre Autorización de Operaciones de Enajenación, Disposición y Afectación de Terrenos Ejidos, publicado en la Gaceta Oficial de la Rep.....