Acto seguido la Juez de Control, hace la siguiente exposición: ",Escuchadas como han sido las exposiciones tanto de la abogada asistente ciudadana JHOANNINI PEREZ, quien representa en este acto al ciudadano DAULMER CLARO RUIZ NARVAEZ, solicitante en la presente causa, así como la de la ciudadana LISBETH DAVILA GHONZALEZ, en su condición de Fiscal (A) Decimosexta del Ministerio Público, este Tribunal a los efectos de decidir la solicitud de entrega de vehículo, la cual se interpuso de conformidad con el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda pronunciarse por auto por separado, de acuerdo a los tres (03) día hábiles siguientes. Es Todo. Quedan notificadas las partes del contenido de esta decisión, de conformidad a lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal, quedando asentada la presente decisión bajo el N° 056-2010. y siendo las nueve y treinta minutos de la mañana, del día de hoy, se da por concluido la presente audiencia. Terminó, se.....