En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación ACUERDA y AUTORIZA a la ciudadana DIANE NAVARRO GALLARDO, antes identificada, a los fines de que tramite la visa a favor de la adolescente de conformidad con lo establecido en los artículos 22 y 393 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Para tales efectos, se ordena Oficiar a la Embajada de Estados Unidos de América en Venezuela. Expídase por Secretaría copia certificada del presente Decreto. Se ordena devolución de originales previa certificación por Secretaria. Asimismo, se ordena el cierre del expediente y su remisión al Archivo Judicial, Región Vargas.