ACUERDA la Medida Cautelar solicitada por el Imputado HECTOR DAVID RIVAS RODRIGUEZ, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 264 del Código Orgánico Procesal Penal Vigente y el artículo 83 y siguientes de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por lo cual se le acuerda al referido ciudadano las Medidas Cautelares Sustitutivas previstas en el articulo 256 Ordinales 1º; 4º y 6º del Código Orgánico Procesal Penal.