CON LUGAR la Solicitud de Divorcio planteada de conformidad con el Artículo 185 del Código Civil, y en consecuencia, queda disuelto el vínculo Matrimonial que unía a los ciudadanos CRISALIDA YAJAIRA NAVARRO DE MAYORA y CARLOS ALFREDO MAYORA ROMERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de Identidad números V-10.580.430 y V-11.064.956, respectivamente