Este Tribunal declara UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos THANLY AMADA CALDERON DE MARCANO, ARGENIS JOSE MARCANO CALDERON Y MARIA MILAGRO DEL NAZARETH MARCANO CALDERON, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nros. V-4.565.765, V-14.073.656 y V-17.710.251, respectivamente en su orden; respecto al De-Cujus ARGENIS RAFAEL MARCANO FUENTES, ex titular de la identidad N° V-5.090.415, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del código de procedimiento civil, dejando a salvo los derechos de terceros.