Primero: Declara con lugar la apelación interpuesta por el abogado Jenrry Gonzalo Aleta, en su carácter de apoderado del ciudadano Jesús Alfonso Márquez Ramírez, contra el auto dictado en fecha 24 de mayo de 2004, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial.
Segundo: Revoca el auto dictado en fecha 24 de mayo de 2004, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial y en consecuencia ordena al referido Tribunal, seguir el procedimiento de tacha por vía principal, conforme a lo establecido en el último aparte del artículo 631 del Código de Procedimiento Civil.