declara SIN LUGAR las solicitudes presentadas por la Dra. INGRID KATIUSKA LORENZO PEROZO, en su carácter de defensora del ciudadano GONZALEZ HERNANDEZ BERNARDO, mediante los cuales requiere el examen y revisión de la medida de privación judicial preventiva de libertad dictada en contra de su representado y le sea acordada medida cautelar sustitutiva de libertad conforme al artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, así como la fijación de una audiencia a los fines de la celebración de ACUERDO REPARATORIO conforme al artículo 40 del citado texto adjetivo penal.
Asimismo, se les condena a cumplir con las penas accesorias establecidas en el artículo 13 del Código Penal, y se le exonera del pago de costas procesales conforme al artículo 272 del Código Adjetivo Penal.